La Personería resolvió imponer una sanción de suspensión en el ejercicio del cargo por 12 meses, que será convertida en salarios básicos devengados al momento de la comisión de la falta, dado que Caicedo no se encuentra ejerciendo actualmente la función.
La decisión se adoptó conforme al artículo 225F de la Ley 2094 de 2021 y podrá ser apelada ante la segunda instancia disciplinaria. El proceso se inició tras una queja presentada el 20 de agosto de 2021 por el ciudadano José López Sarmiento, que denunció presuntas irregularidades en la planeación del contrato durante la gestión de Caicedo al frente del Dadsa.
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En entrevista con el Noticiero Alerta Bogotá, Patricia Caicedo aclaró: “Hay una noticia de una sanción que se dio, pero en primera instancia que sale de la Personería del Distrito, pero sale a Procuraduría, o sea, no y es una sanción que es pecuniaria”.
Consultada sobre la posibilidad de apelar, la candidata indicó: “Claro, porque es que iba para la segunda instancia, entonces están todos los recursos para eso».
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Además, aclaró por qué se dio la sanción: «Eso fue cuando yo fui la autoridad ambiental del Distrito, y es por un tema de una cartilla donde se estaba discutiendo; bueno, no se estaba discutiendo, básicamente es por el patrimonio académico de la cartilla. Entonces, pues, no es nada de mayor fondo, que va a una segunda instancia, como muchos de los procesos que le abren a los gerentes públicos».
