El Juzgado 12 Penal de Cartagena rechazó la tutela presentada contra la contratación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en la ciudad
El Juzgado 12 Penal de Cartagena desestimó la acción de tutela presentada por el veedor Carlos Bossa contra la Secretaría de Educación del Distrito, relacionada con la contratación del Programa de Alimentación Escolar (PAE). Este programa tiene como objetivo asegurar la provisión de alimentos preparados en sitio y raciones industrializadas a 110.000 estudiantes del Distrito desde el inicio del año académico 2025 hasta 2027.
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Carlos Bossa presentó la acción de tutela argumentando que la licitación pública SED-004-2024, publicada el 25 de noviembre, imponía «exigencias desproporcionadas» en su convocatoria para contratar el servicio de alimentación escolar, por un monto de $384.552.735.910. No obstante, tras analizar el caso, el Juzgado determinó que no existía evidencia de irregularidades en el proceso licitatorio, lo que llevó a la desestimación de la tutela.
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En respuesta a la acción, la Alcaldía Mayor de Cartagena, a través de su Oficina Asesora Jurídica y la Secretaría de Educación, solicitó al tribunal que declarara improcedente la tutela, argumentando que el veedor ya había recibido una respuesta detallada a su solicitud mediante un derecho de petición relacionado con la contratación del PAE. Además, la Alcaldía ratificó que no se habían vulnerado derechos fundamentales ni causado perjuicios irremediables en el proceso de licitación.
Finalmente, el juez José Luis Sepúlveda Vargas falló a favor del Distrito, declarando improcedente la tutela, pues consideró que la acción no cumplía con los requisitos necesarios para su procedibilidad y que no se presentaba un daño irreparable. Este fallo ratifica la transparencia del proceso de contratación y reafirma la validez de la licitación del PAE.