Es importante destacar que la admisión de la demanda no implica necesariamente la anulación del cobro de valorización.
El Consejo de Estado admitió a trámite la demanda interpuesta por el alcalde mayor de Cartagena, Dumek Turbay Paz, en contra de la resolución que establece el cobro de la Contribución Nacional de Valorización por la construcción de la Vía del Mar.
La resolución en cuestión, emitida por el Instituto Nacional de Vías (Invías), busca financiar la construcción de la Vía del Mar a través de un cobro a los propietarios de inmuebles ubicados en un área de influencia de 96.311 hectáreas que abarca 10 municipios, entre ellos Cartagena.
Según las estimaciones iniciales, este cobro afectaría a más de 143.000 predios y generaría un recaudo de 2.4 billones de pesos.
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El alcalde Turbay, en su demanda, argumentó que este cobro es inconstitucional y viola principios fundamentales del derecho, como la irretroactividad, la buena fe y la confianza legítima.
Además, sostiene que el impacto económico de la medida es desproporcionado y podría generar una crisis en el sector inmobiliario y de la construcción.
Con la admisión de la demanda, el Consejo de Estado iniciará un riguroso proceso de análisis jurídico en el que se evaluarán todos los argumentos presentados por las partes involucradas.
Se espera que este proceso cuente con la participación de expertos en derecho tributario y constitucional, quienes emitirán conceptos técnicos que servirán de base para la toma de una decisión.
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Ahora bien, la admisión de la demanda genera una situación de incertidumbre jurídica para los propietarios de inmuebles ubicados en el área de influencia de la Vía del Mar, quienes se encuentran a la espera de una resolución definitiva.
Entre tanto, la posibilidad de que se anule el cobro de valorización podría generar una serie de dudas para los inversionistas en el sector inmobiliario, lo que podría afectar negativamente el desarrollo económico de la región.
Por otro lado, es importante destacar que la admisión de la demanda no implica necesariamente la anulación del cobro de valorización.